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Preguntas frecuentes

Este nuevo Censo para el proceso de homologación de los VAP tiene la particularidad de que su inscripción se realizará mediante una página web.(https//:vap.transnet.cu)
La página web será publicada en un portal del Mitrans que será de fácil acceso con una clave, utilizando un teléfono móvil con datos móviles, una PC u otro dispositivo electrónico conectado a internet, suyo o de una persona que se lo pueda brindar. Se podrán emplear para ello los Joven Club de Computación y estarán habilitados también PC en las dependencias de las Direcciones Provinciales de Transporte donde haya conexión, sin costo alguno.
Son varios los datos que se solicitan. En primer lugar el CI, el tomo y folio. Estos primeros datos lo identifican personalmente. Posterior a ello los datos del vehículo como son la clase, la marca a la cual se asemeja, los números del motor, carrocería o cuadro de moto si existiesen, el color primario y secundario, y una foto lateral del medio que pretende homologar, la cual debe coincidir con la que presente a la Revisión Técnica. Por último los datos de localización como son correo electrónico y por lo menos dos números telefónicos. Después de completados los datos, la página le solicitará una confirmación, que después de aceptada le brindará un número de expediente.
Puede utilizar un editor de foto donde establezca que el tamaño máximo es de 200KB o como buenas prácticas identificadas por los usuarios de este portal en la pasada prueba dinámica puede solicitar a un tercero que le envíe la por whatsapp la foto.
El Censo tendrá un plazo de vigencia de dos meses, tiempo en el transcurso del cual podrá acceder a él. Posterior a ello se cierra la página y usted podrá realizar consultas de su proceso. Siete días posteriores al cierre de la página, comenzará la RTA, para lo cual usted será convocado por la Comisión Provincial creada al efecto, señalando el día, hora y lugar de presentación. Se ha indicado en el caso de los ciclomotores, motos, triciclos y remolques ligeros, hacer la RTA por municipios de residencia de los inscritos, para evitar los traslados de las personas con sus medios, en el caso del resto de los vehículos (autos, jeep, ómnibus, camión, cuñas, camioneta, micro, paneles, remolques y semirremolques) deben acudir a las plantas de Revisión Técnica.
Para la RTA usted o su representante legal deben asistir con el VAP que mostró en la foto, ir por sus ejes, funcionando, en Buen Estado Técnico y de completamiento. Además llevar los documentos que amparen el origen de los recursos empleados y de no poseerlos, una declaración jurada donde usted se responsabilice con su procedencia de forma licita.
Invalidan la RTA la no coincidencia del VAP con la foto mostrada en el Censo, los defectos de diseño, de estructura y de construcción que no garanticen la seguridad automotor y que el completamiento del mismo demuestre que el vehículo no se terminó de armar.
De no aprobar la primera RTA por desperfectos que no sean de diseño, estructura, de construcción, usted tendrá una nueva oportunidad, para lo cual será convocado por la Comisión Provincial, informándole el día, la hora y el lugar al cual será convocado nuevamente. De no aprobar nuevamente quedará invalidado definitivamente del proceso.
De ser transitoria la causa de la no asistencia a la primera convocatoria, tendrá una segunda oportunidad, para lo cual la Comisión lo convocará nuevamente. De prolongarse la causa, usted podrá designar mediante un poder notarial a la persona que lo representará legalmente en el proceso, manteniendo la titularidad del medio. De no hacerlo antes de la segunda convocatoria, perderá el derecho a continuar en el proceso.
Una vez aprobada la RTA y confirmada la homologación por la Comisión Nacional MININT-MITRANS, usted recibirá el certificado de la RTA, con lo cual podrán circular los ciclomotores, motocicletas y triciclos hasta su inscripción en el Registro de Vehículos cuando sea convocado. El resto de las clases de vehículos deben esperar su inscripción en el Registro de Vehículos.
Este nuevo proceso tiene como objetivo continuar el proceso de homologación de vehículos de motor, remolques y semirremolques, ensamblados por partes y piezas, de las personas que por determinadas razones no lo hicieron a partir de la Resolución 200 del 2021, con el objetivo de su inscripción de forma excepcional en las oficinas del Departamento Nacional de Registro de Vehículos y Licencia de Conducción del Ministerio del Interior. No existe prohibición para los que aprobaron e inscribieron en el registro de vehículos su VAP, accedan al Censo y la RTA del nuevo proceso. De aprobar, no deben ser propietarios del vehículo de la misma clase inscrito en el proceso anterior. Mario: esto puede traer confusión.
Usted puede designar un representante legal que lo empodere ante notario y este realice todo el trámite para la homologación del vehículo durante todo el proceso.

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